Portador Noticias/Redacción
En una sesión clave para el marco electoral del país, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión emitió la declaratoria de constitucionalidad a la reforma que establece la injerencia o intervención extranjera como una causal explícita para anular elecciones federales o locales.
Tras realizarse el cómputo oficial de 24 votos aprobatorios provenientes de las legislaturas estatales, el Poder Legislativo ratificó la modificación de la Carta Magna, remitiendo el decreto de inmediato al Diario Oficial de la Federación (DOF) para su publicación y entrada en vigor.
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¿En qué consiste la reforma?
El cambio constitucional añade formalmente un inciso d) a la Base VI del artículo 41 de la Constitución Política, dictando lo siguiente:
Nueva causal de nulidad: Se podrá invalidar un proceso electoral, ya sea estatal o federal, cuando se logren acreditar legalmente actos de intervención o injerencia de gobiernos, individuos u organizaciones extranjeras.
Factor determinante: Para que proceda la nulidad, los actos externos denunciados deberán tener un impacto directo y demostrable que influya en los resultados de la votación o modifique las preferencias ciudadanas.
Leyes secundarias, en pausa
A pesar de que la medida ya tiene rango constitucional, la reforma enfrentará un limbo práctico inmediato. La tarde previa a la votación definitiva, el bloque oficialista en la Cámara de Diputados decidió retirar el paquete de reformas secundarias que regularían los detalles específicos de su aplicación, argumentando la necesidad de buscar consensos y un “mayor periodo de reflexión”.
Esto implica que, aunque la causal de nulidad es constitucionalmente oficial, los efectos prácticos y su reglamentación procesal minuciosa quedarán pendientes, estimándose que su debate formal y aplicación real en las urnas podrían demorarse de forma sustancial.
Con la declaratoria formalizada por la Comisión Permanente, el decreto queda a la espera de su publicación oficial.



